“El sacrificio de la vida de un ser vivo por el hombre es una forma extrema de maltrato en cuanto elimina su existencia misma y es un acto de aniquilamiento. Cuando es injustificada, la muerte de un animal es un acto de crueldad pues supone entender que el animal es exclusivamente un recurso disponible para el ser humano. La caza deportiva, en fin, es un acto dañino en cuanto está dirigida a la captura de animales silvestres, ya sea dándoles muerte, mutilándolos o atrapándolos vivos”.
Así lo estableció la sentencia C-045/19 de la Corte Constitucional de Colombia
A partir del 21 de agosto del presente año la caza deportiva estará prohibida en Colombia gracias a la decisión de la Corte Constitucional, quien tomó esta decisión por una demanda interpuesta por la abogada Laura Santacoloma Méndez, quien cabe resaltar abrió el I Simposio Nacional de Protección Animal, presentando este caso.
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