El Senasa autoriza el ingreso de animales amparados sanitariamente por un Certificado Veterinario Internacional.

Luego de dos días en los que estuvo varado en Ezeiza, “Coco” recibirá una vacuna antirrábica para evitar que lo sacrifiquen. La disposición la tomó el Senasa, el mismo organismo que le impidió al animal entrar al país porque no tenía el Certificado de Veterinario Internacional (CVI) ni la vacuna de la rabia al día.

“Coco” será vacunado en un espacio cedido por la Aduana y permanecerá allí en cuarentena hasta que se decida su destino: si vuelve a Hungría, de donde vino con su dueño, o si ingresa al país.

Qué se necesita para ingresar perros y gatos al país

El Senasa autoriza el ingreso de animales amparados sanitariamente por un Certificado de Veterinario Internacional (CVI) o por un pasaporte que reemplace al CVI.

Cualquiera de los dos debe estar vigente, tener la información sanitaria requerida por la Resolución GMC 17/15 y estar convalidado mediante firma y sello de la Autoridad Veterinaria de dicho país previo al traslado.

Qué es el Certificado de Veterinario Internacional

El CVI es un certificado que autoriza sanitariamente a los animales para poder viajar a otros países. En Argentina es válido por 60 (sesenta) días, siempre que la vacuna antirrábica se encuentre vigente el día del ingreso, y deberá estar en español.

Cuáles son los requisitos sanitarios para ingresar perros y gatos al país

  • Certificado de salud: debe ser emitido dentro de los 10 días previos a la fecha de emisión del CVI por un veterinario autorizado en el país de origen que acredite que dicho animal se encuentra clínicamente sano, sin evidencias de parasitosis y que está apto para su traslado.
  • Vacunación contra la rabia: deben estar inoculados con vacunas autorizadas por la Autoridad Veterinaria del país de procedencia y con inmunidad vigente según el plazo de validez otorgado por el laboratorio fabricante de la vacuna.

En el caso de los animales vacunados por primera vez, la vacuna debe ser aplicada al menos 21 días previos al ingreso al país. Si el animal es menor de tres meses, la Autoridad Veterinaria deberá certificar su edad y que no haya estado en ninguna propiedad con casos caso de rabia urbana en los 90 días previos al embarque.

La única manera de que el animal ingrese sin la inmunización es si procede de un país que es declarado libre de rabia por el Código Terrestre de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). En ese caso, la Autoridad Veterinaria emisora del CVI debe hacer constar la condición del país en el CVI o el pasaporte.

  • Desparasitación: tratamiento contra parásitos internos y externos dentro de los 15 días previos a la fecha de emisión del CVI o a la intervención del pasaporte, con productos veterinarios aprobados por la autoridad veterinaria del país de origen/procedencia.

Cómo hacer para ingresar mascotas no tradicionales

Para ingresar con animales no tradicionales como hurones, conejos, hámsters o aves, se debe tramitar la autorización de importación previamente ante el Senasa y tramitar el Certificado Veterinario Internacional en el país de origen.

Fuente: tn.com.ar

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  • 9 de cada 10 cachorros nunca encontrarán un hogar
  • Un programa de castración público y gratuito evitaría el abandono
  • Un programa de castración público y gratuito evitaría animales en las calles
  • Un programa de castración público y gratuito evitaría siniestros de tránsito
  • Un programa de castración público y gratuito evitaría roturas de bolsas de basura
Banner gif Doná para una castración

Últimas noticias

Banner Ministerio de La Producción La Pampa

Categorías

Archivos

Banner animado Doná por MercadoPago